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El contractualismo en Scanlon

La obra de T. M. Scanlon se centra en la articulación del contractualismo, un enfoque ético que busca fundamentar las normas morales a través de un acuerdo teórico entre iguales. Este artículo explora el problema central presentado en “El contractualismo en Scanlon”, donde se cuestiona cómo una sociedad puede justificar sus leyes y normas si no todos tienen la misma capacidad para participar en un contrato original. Esta problemática surge desde las bases del contractualismo clásico, que busca una auténtica consensualidad entre sujetos libres e iguales.

El contractualismo se basa en el principio de que las leyes y normas morales son justificables si todos los implicados podrían estar de acuerdo con ellas. Scanlon propone que estas normas deben ser aquellas que cualquier persona razonable, considerando todas sus perspectivas posibles, aceptaría como legítimas para su propia vida. Esto implica que las leyes y normas deben ser justificadas no solo desde una única perspectiva individual, sino desde múltiples posiciones teóricas.

El central premise de Scanlon es que las normas morales son justas si todos los participantes en el contrato original pueden aceptarlas. La reasoning involucra la idea de consideración de las perspectivas alternativas y la capacidad para imaginar cómo una regla se aplicaría a diferentes situaciones vitales. La conclusion es que las leyes y normas deben ser justificadas desde una posición neutral, donde cualquier persona puede ver su aceptabilidad.

Sin embargo, este enfoque enfrenta un importante desafío: si no todos los individuos tienen la misma capacidad para participar en el contrato original debido a factores como discapacidad, infancia o incluso por ignorancia de determinados aspectos éticos, ¿cómo se justifica su sometimiento a las normas que ellos mismos no hubieran acordado? Esta objeción es claramente expuesta por John Rawls en “La teoría de la justicia”, donde critica el contractualismo original propuesto por Rousseau y Kant.

Rawls argumenta que la idealización del contrato original, como sugiere Rousseau, puede ser inaceptable si excluye a ciertos grupos sociales o individuos. En contraposición a esto, Rawls introduce el concepto de “justicia como equidad”, donde las normas no necesariamente deben ser acordadas por todos desde un estado originalmente igualitario y libre, sino que pueden ser justificadas si todas las personas razonables podrían aceptarlas en la actual sociedad con su configuración real. Esto significa que los contratos éticos se pueden fundamentar incluso sobre una base social no perfectamente igualitaria o libre.

Rawls reformula el contractualismo al sugerir que las normas deben ser justificadas desde una posición de “postura original” donde todas las personas tienen un estatus social y económico inicialmente desigual. Sin embargo, cualquier persona razonable en esta postura original debería aceptar la distribución final de recursos si se hace en el marco de procedimientos equitativos. Esta reformulación altera significativamente el contractualismo clásico al permitir que las normas sean justificadas incluso cuando no todos participan igualmente en su diseño.

La crítica y la reformulación de Rawls son importantes para la filosofía contemporánea porque subrayan la necesidad de considerar la justificación moral en contextos sociales reales, donde la idealización del contrato original puede ser problemática. Esta cuestión se convierte en central no solo dentro del contractualismo, sino también en el estudio más amplio de la justicia social y ética.

En conclusión, la problemática planteada por Scanlon sobre cómo un contrato ético debe considerar a todos los individuos, incluso aquellos con capacidades limitadas o desconocimiento, ha sido crucial para profundizar en las discusiones sobre la justificación moral. Rawls’ redefinición del contractualismo no solo responde a estas objeciones, sino que también introduce un nuevo paradigma ético que aborda directamente los desafíos de una sociedad real y diversa. Esta evolución ha tenido un impacto significativo en la filosofía moral y política, impulsando reflexiones sobre cómo se puede justificar la obligación moral incluso cuando no todos participan igualmente en el diseño de las normas sociales.

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